San Isidro, 23 de octubre de 2024
Al Honorable Concejo Deliberante:
VISTO:
La necesidad urgente de una estrategia efectiva para fortalecer una Cultura Tributaria integral, sólida y sostenida en el Municipio de San Isidro, como un pilar fundamental para el correcto funcionamiento de los servicios públicos y el desarrollo integral de la comunidad.
CONSIDERANDO:
Que una cultura basada en el cumplimiento voluntario y responsable de las obligaciones fiscales que favorece la recaudación y que también promueve un lazo activo y constructivo entre el vecino y el Estado municipal.
Que la creación y consolidación de esta cultura requiere, en primera instancia, un proceso integral de educación y concientización que permita a los ciudadanos comprender su rol cívico y la importancia de su contribución fiscal. Es crucial que los vecinos comprendan que su aporte no es solo una obligación legal, sino una forma de participación directa en el mejoramiento de la calidad de vida de todos, vinculando su esfuerzo con los beneficios tangibles que reciben en términos de infraestructura, servicios y seguridad.
Que, además, resulta imperativo implementar un sistema de incentivos y beneficios que reconozca y premie a aquellos contribuyentes que se destacan por su compromiso cívico y fiscal, asegurando que quienes cumplen puntualmente con sus obligaciones sean debidamente reconocidos y recompensados.
Que este sistema fomenta la equidad e impulsa una mayor participación y responsabilidad colectiva, generando una comunidad más cohesionada, justa y colaborativa.
Que la Cultura Tributaria no se limita únicamente al acto de pagar tributos, sino que abarca un enfoque más amplio que fortalece el vínculo entre el vecino y el municipio, donde el cumplimiento de las tasas municipales se traduce en una percepción clara y directa de la contraprestación de servicios públicos. Este vínculo debe estar sustentado en principios de transparencia, eficiencia y responsabilidad fiscal, asegurando que los ciudadanos sientan que sus aportes se traducen en mejoras concretas para la comunidad.
Que generar una Cultura Tributaria robusta contribuye directamente a la construcción de ciudadanía, en tanto refuerza la idea de un Estado participativo que responde a las necesidades de los vecinos y se financia a través del compromiso responsable de todos. La recaudación no es solo un fin en sí mismo, sino una herramienta para garantizar una gestión municipal eficiente, equitativa y de calidad.
Que resulta esencial implementar un programa de incentivos que reconozca a los vecinos que cumplen con sus obligaciones fiscales, demostrando un alto sentido de responsabilidad social. Estos contribuyentes responsables merecen un reconocimiento formal que fortalezca su relación con el municipio.
Que el “Programa Vecino Cumplidor” fomenta el sentido de pertenencia y colaboración de los vecinos, premiando a aquellos que contribuyen de manera responsable y oportuna al desarrollo de la comunidad. Que identificamos como Buen Contribuyente entendiendo por tales, a quienes, dando muestras de un alto sentido de responsabilidad social, eligen cumplir con sus obligaciones para con el municipio en debida forma y término todo lo cual, merece ser reconocido.
Que el establecimiento de incentivos tributarios claros y equitativos, como parte del “Programa Vecino Cumplidor”, representa una estrategia eficaz para estimular el cumplimiento fiscal y reconocer a quienes cumplen en tiempo y forma. Este programa debe incorporar mecanismos modernos y accesibles que faciliten el pago, como el uso de plataformas electrónicas, promoviendo una mayor transparencia, accesibilidad y comodidad para los contribuyentes.
Que el “Programa Vecino Cumplidor” también debe contemplar el reconocimiento formal de los buenos contribuyentes mediante eventos públicos, beneficios tangibles como descuentos adicionales, y sorteos de premios relacionados con mejoras comunitarias e infraestructura barrial, reforzando así la noción de pertenencia y colaboración entre vecinos y municipio.
Que, ante la migración reciente del sistema de gestión tributaria municipal, se hace imperativo adoptar medidas que promuevan la adopción de tecnologías digitales en la gestión de pagos, lo cual facilita el cumplimiento además de aportar mayor transparencia y reducir los costos administrativos, permitiendo una gestión más ágil y eficiente.
Que implementar un Programa Permanente de Incentivos y Estímulos al Cumplimiento orientado a todo aquel vecino que, en su rol contributivo, será un beneficio para las arcas del erario municipal ya que metas definidas e identificadas dentro de dicho Programa son la consolidación y crecimiento de la recaudación a partir de que más vecinos cumplan sus responsabilidades tributarias en tiempo y forma.
Que la incorporación de un nuevo descuento en la Tasa Municipal de Servicios Urbanos (ABL) requiere la modificación de la Ordenanza Fiscal Impositiva vigente.
Que la Ordenanza Fiscal Impositiva actual no contempla descuentos por pago anual adelantado, pago contado y pago electrónico.
En este marco, el “Programa Vecino Cumplidor” ofrece un incentivo adicional para los vecinos que demuestran un compromiso íntegro con el pago de sus obligaciones.
Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes solicitan el tratamiento y sanción del siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo creé el “Programa Vecino Cumplidor”, destinado a premiar y reconocer a aquellos vecinos que se destacan por su cumplimiento puntual y responsable de las obligaciones tributarias municipales, promoviendo así una cultura de compromiso cívico, responsabilidad fiscal y participación comunitaria.
Artículo 2°: Los objetivos del “Programa Vecino Cumplidor” son los siguientes:
Artículo 3°: Los beneficios del “Programa Vecino Cumplidor” incluirán:
Artículo 4°: Requisitos para ser considerado Vecino Cumplidor:
Artículo 5°: Modifíquese la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente, para incorporar los siguientes descuentos en la Tasa de Servicios Urbanos (ABL):
Artículo 6°: Los incentivos y descuentos del “Programa Vecino Cumplidor” se mantendrán vigentes mientras los contribuyentes cumplan con todas sus obligaciones tributarias y no presenten cuotas vencidas o impagas.
Artículo 7°: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal incluya el articulado del “Programa Vecino Cumplidor” en la Ordenanza Fiscal e Impositiva para su vigencia a partir del ejercicio fiscal 2025.
Artículo 8°: Los Vistos y Considerandos forman parte integrante de la presente Comunicación
Artículo 9°: De forma. –